martes, 19 de julio de 2011

Vargas Lleras no podrá ser ministro delegatario cuando falte Santos

Se determinó que quien cumpla con funciones presidenciales debes ser del partido del mandatario.

Así lo conceptuó la Sección V del Consejo de Estado, al pronunciarse sobre la legalidad de los encargos que el presidente le deja al Ministro, perteneciente a Cambio Radical.

El alto tribunal estableció que solo podrá ser designado como Ministro Delegatario con funciones presidenciales el Ministro que haya estado vinculado al partido político del Jefe de Estado, desde la inscripción de la candidatura en la primera vuelta.

Aunque Santos ganó en segunda vuelta convocando a un movimiento de Unidad Nacional, tuvo el aval del Partido de 'la U'.

Según el Consejo de Estado, la Constitución y la ley establecen que la investidura presidencial transitoria debe estar acorde con la voluntad de los electores y garantizar que la investidura del Presidente siga en el mismo partido político durante los viajes al exterior del titular. Esto, para asegurar continuidad en los postulados ideológicos y políticos del partido ganador y fortalecer a estas agrupaciones.

El Consejo de Estado consideró que es una especie de voto de confianza y de lealtad a los principios filosóficos e ideológicos del partido del Presidente.

Mediante un comunicado, el Ministerio del Interior, resaltó que, en cualquier caso, "los actos administrativos expedidos y las Enlaceactuaciones adelantadas" por Vargas Lleras cuando Santos lo encargó de la Presidencia, "son válidos".

Diseño web

Puertas de seguridad Bogota

Entutelan pensión de ex magistrada del Consejo Nacional Electoral

Abogados del Instituto del Seguro Social (ISS) instauraron el lunes una acción de tutela contra el fallo que ordenó pagarle a Adelina Covo, ex magistrada del Consejo Nacional Electoral, una pensión por encima de los topes legales.

ELTIEMPO.COM estableció que la acción fue presentada ante la Corte Suprema y pone en entredicho la decisión de la juez Fanny Buchely Hurtado, quien le ordenó al Seguro, en septiembre pasado, pagarle a Covo 17 millones 774 mil pesos.

A pesar de que el ISS le había negado tres veces la pensión alegando que no cumple con los requisitos de ley -no la cobija el régimen especial-, la juez Buchely argumentó la protección del debido proceso y la seguridad social.

Además, le dio al Seguro cinco días para revertir las resoluciones de la seccional Atlántico que se oponían a las pretensiones de Covo.

Pero esa no es la única medida en torno a este caso. El Seguro también le pidió al Consejo Superior de la Judicatura que desarchive una queja interpuesta contra la juez Buchely, y prepara una denuncia en su contra por el delito de prevaricato.


Diseño Web

Puertas de Seguridad Bogota